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División penal

Penal

Si le han designado o ha contratado un abogado, debe comunicarse con él para que le ayude. 

Los casos penales abarcan desde delitos relativamente menores, como las infracciones de tránsito, hasta otros más graves, como robos y asesinatos. El Estado, como protector de todo el pueblo, formula la acusación de cometer un delito contra alguien, porque un delito se considera un acto contra la sociedad. Solo el Estado, a través de la oficina del Fiscal de Distrito de cada condado, puede acusar a las personas de violaciones penales. El fiscal presenta el cargo contra la persona inculpada (acusado) en nombre del Estado (demandante) y debe demostrar al juez o al jurado que el acusado es culpable más allá de toda duda razonable.

Los estatutos de California generalmente clasifican un crimen como un delito mayor o un delito menor. Un delito mayor es un delito punible con encarcelamiento en una prisión estatal o con la muerte. Un delito menor es una infracción menor en relación con un delito mayor y, por lo general, se castiga con una multa o el encarcelamiento en la cárcel del condado en lugar de en una penitenciaría estatal.

Si es usted víctima de un delito, existen recursos a su disposición. Comuníquese con la Oficina del Fiscal del Distrito al (760) 878-0282 o con Asistencia a las Víctimas al (760) 873-6669.

Preguntas frecuentes

Hay tres tipos de casos penales:

Infracciones

Una infracción es una violación menor. La mayoría de las violaciones de tráfico son infracciones. El castigo por las infracciones suele ser una multa. Consulte la División de tránsito para obtener más información.

Delitos menores

Un delito menor se castiga con prisión en la cárcel del condado, libertad condicional informal y/o multa.

Salvo en los casos en que cualquier ley de este estado prescriba un castigo diferente, todo delito declarado como menor se castiga con prisión en la cárcel del condado o con una multa o con ambas. Los acusados que se declaran culpables de un delito menor pueden ser sentenciados durante la lectura de cargos, a menos que el juez desee posponer la sentencia para estudiar un informe de libertad condicional. Durante la lectura de cargos, si el acusado se declara no culpable de un delito menor, el juez fijará la fecha para un juicio. El juicio se celebrará en un plazo de 30 días si el acusado está detenido o en un plazo de 45 días si no está detenido, a menos que el acusado renuncie al derecho a un juicio rápido.

Algunos ejemplos de delitos menores son:

  • hurto
  • vandalismo
  • conducir con una licencia suspendida
  • conducir bajo los efectos del alcohol (también conocido como "dui" o "driving under the influence, conducir bajo la influencia")

Delitos mayores

Un delito mayor es el crimen más serio y se castiga con la muerte o el encarcelamiento en la prisión estatal o con la libertad condicional formal o con la cárcel del condado y con multas.

Si un acusado se declara culpable de un delito mayor en la lectura de cargos, debe estar representado por un abogado (a menos que el acusado, en un caso que no sea de pena capital, renuncie al derecho a uno). Después de una declaración de culpabilidad, el juez fijará la sentencia para el caso. Si un acusado se declara no culpable de un delito mayor, se celebra una audiencia preliminar. En esta audiencia, el fiscal debe mostrar pruebas de que el acusado cometió un delito mayor y debe ser llevado a juicio. Si el juez decide que hay suficientes pruebas, el acusado será procesado por segunda vez en la corte superior, donde se le acusará de nuevo formalmente, se le explicarán sus derechos y se le tomará una declaración.

Algunos ejemplos de delitos mayores son:

  • robo
  • asesinato
  • violación
  • posesión de drogas ilegales (llamadas "sustancias controladas") para su venta

Usted tiene que ir al tribunal en su fecha de audiencia programada en todos los casos de delitos menores y delitos mayores. Si usted no acude a la comparecencia prevista en el tribunal a tiempo, el juez puede emitir una orden de detención.

Es muy importante que revise los documentos judiciales o legales que tiene para saber el día y la hora en que debe comparecer ante el tribunal. Puede encontrar esta información en uno de los siguientes documentos:

  • Citación,
  • Recibo de fianza en efectivo,
  • Notificación de la audiencia
  • Promesa de comparecencia firmada, o
  • Notificación de comparecencia

Si tiene alguna pregunta sobre su fecha de comparecencia, acuda a la División penal, en cualquiera de los dos juzgados de Independence o Bishop o llame al tribunal al (760) 872-3038 de 1:00 p. m. a 4:00 p. m.

Hay dos lugares donde se realizan las audiencias de un caso criminal en el Condado de Inyo:

Independence

168 North Edwards Street
P.O. Box 518
Independence, CA 93526

Abierto de lunes a viernes: de 8:30 a. m. a 4:00 p. m.
Cerrado todos los días desde el mediodía hasta la 1:00 p. m.

Bishop

301 West Line Street
Bishop, CA 93514

Abierto de lunes a viernes: de 8:30 a. m. a 4:00 p. m.
Cerrado todos los días desde el mediodía hasta la 1:00 p. m.

Cuando usted llegue al tribunal, verifique en el calendario de la pared su nombre y el departamento en el que tendrá la audiencia de su caso. Si no ve su nombre en una de las listas del calendario penal, diríjase a la oficina del secretario para preguntar sobre su caso.

Si depositó una fianza para una fecha concreta de comparecencia o ha comparecido ante el tribunal y se le ha ordenado volver, no puede cambiar la fecha. Si a usted le designaron o ha contratado un abogado, debe comunicarse con él para que le ayude. Si la fecha fijada es para una lectura de cargos y se ha presentado una denuncia ante la corte, puede comunicarse con la División penal y el secretario puede adelantar la fecha de la lectura de cargos, pero no puede posponer la fecha de la audiencia.

Si quiere cambiar la fecha en la que está programado para ir al tribunal, debe comunicarse con su abogado. Si usted no tiene un abogado, es muy importante que comparezca en la fecha fijada por el tribunal o se puede emitir una orden de arresto.

Si no acudió al tribunal el día y la hora en que estaba programada su audiencia y no consiguió que la audiencia se cambiara a otro día, debe comunicarse con su abogado. Si usted no tiene un abogado, debe comunicarse con la División penal lo antes posible.

Si usted no contrata a su propio abogado, puede pedir al tribunal que le asigne uno. Para ello, usted debe acudir a su primera comparecencia ante el tribunal y llenar una solicitud para conseguir un abogado de oficio. Si cumple los requisitos, el tribunal le designará al abogado de oficio, al abogado mediador, al abogado mediador suplente o a un abogado privado para que le represente. Cuando su caso termine, el juez tendrá en cuenta sus ingresos, gastos y otros factores para decidir qué parte (si es que hay alguna) de los honorarios del abogado de oficio debe pagar.

Además de llevar un documento de identificación válido (licencia de conducir, pasaporte u otro tipo de identificación con fotografía), deberá llevar otros documentos como:

  • Notificación de la Audiencia
  • Recibos de fianza, recibos de fianza en efectivo, etc.
  • Documentos de liberación de la cárcel

Para eliminar una orden judicial debe comunicarse con su abogado. Si no tiene un abogado, puede comunicarse con la División penal para establecer una entrega de la orden judicial o ir a cualquier oficina de las fuerzas de orden para firmar una citación y liberación. Puede comunicarse con la División penal llamando al (760) 872-3038 entre 1:00 p. m. a 4:00 p. m.

Puede averiguar si alguien que ha sido arrestado está bajo custodia llamando al Centro penitenciario del Condado de Inyo al (760) 878-0370.

Si un acusado está detenido, tiene derecho a una comparecencia. En esta audiencia, el juez informará oficialmente al acusado sobre sus derechos constitucionales y le explicará los cargos que se le imputan. Además, la fianza (propiedad entregada temporalmente para garantizar que una persona liberada de custodia regresará a una hora determinada) puede aumentarse o reducirse. Se pedirá al acusado que se declare sobre los cargos que se le imputan: como culpable o no culpable y en algunos casos, nolo contendere.

La División penal mantiene los expedientes y los registros de las disposiciones (decisiones judiciales). Para obtener información o copias de los documentos de un caso penal, puede hacer una solicitud en persona o por escrito mediante correo. El tribunal ya no aceptará cheques con la leyenda "que no exceda de xx dólares". Si hace su solicitud por escrito, asegúrese de incluir:

  • Una carta que incluya el nombre del acusado, la fecha de nacimiento y el número de expediente (si se conoce), así como una lista de los documentos que desea que se copien.
  • Información de contacto de la parte que solicita los documentos, incluido el nombre, la dirección y el número de teléfono. El secretario determinará el número de copias solicitadas y se comunicará con usted para informarle el costo total.
  • Tras recibir un cheque por el costo total y un sobre dirigido a usted mismo, el secretario enviará los documentos.

Las leyes estatales y locales definen los delitos y especifican el castigo. La sentencia máxima por una infracción es una multa; por un delito menor es hasta un año en una cárcel del condado o una multa o ambas cosas; y por un delito mayor es tiempo en una prisión estatal o, para algunos asesinatos, la pena de muerte. Algunos condados ofrecen programas de "desviación" que permiten al juez ordenar al acusado que reciba tratamiento médico o asesoramiento o que realice trabajos de servicio comunitario. El programa de desviación puede sustituir una multa o una condena de cárcel.

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